Desde el 1767, se aprobaron distintos reglamentos en del Hospital Militar de San Juan. El reglamento de 1839 estaba compuesto de tres secciones o Tratados. El segundo tratado se refería a la parte facultativa del hospital incluyendo la farmacia. En el se estableció la estructura administrativa de la farmacia, compuesta por un primer Boticario o Boticario Mayor, tres boticarios segundos o practicantes de Farmacia y el tisanero. Estos últimos estarían bajo la supervisión del Boticario Mayor. Dicho Reglamento enumeraba las responsabilidades del Boticario Mayor. Entre ellas se disponían las siguientes; exigir a los médicos y cirujanos un formulario de aquellos medicamentos que más comúnmente se usaban para procurar su despacho correcto y sin tardanza; tener un inventario de los medicamentos existentes en la farmacia para poder reponer aquellos que faltasen o estuviesen suceptibles a corrupción; hacer trabajar todos los días a sus practicantes en el laboratorio con el fin de hacer con exactitud las preparaciones farmacéuticas y que no se experimentase escasez en la provisión de medicinas compuestas; no permitir el despacho de recetas a los practicantes sin la presencia del Boticario Mayor.
Estas responsabilidades, unidas a otras que se han ido añadiendo, continúan teniendo vigencia en las farmacias actualmente.
Redacta: Lcda. Gladys Montañez
Fuente: Fábregas, Sandra: La Institucionalización de la Farmacia en Puerto Rico. UPR. 2003